Ositran falla en contra de APM Terminals por daños ocasionados a helicóptero de la Marina

By: Oscar Hernández
Oct.13, 2016
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El Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos de Ositran resolvió que le corresponde a la concesionaria del Terminal Norte Multipropósito, APM Terminals Callao (APMT) asumir de manera integral los daños ocasionados al helicóptero Súper Seasprite SH-2G, de propiedad de la Marina de Guerra del Perú, durante la operación de descarga de la aeronave.

El incidente ocurrió el 8 de enero del 2016 cuando la aeronave fue impactada en su parte posterior por el carro de remolque de propiedad de APMT, en momentos en que el helicóptero era descargado de la nave Falstaff BD520. Este incidente ocasionó daños estructurales en la aleta del botalón de cola, aspecto que fue reportado por la Marina de Guerra del Perú a APMT.

APMT señaló que los únicos daños que le correspondería asumir eran los ocasionados a la parte externa de la aleta del botalón de cola del helicóptero, no haciéndose responsable de otro daño provocado con posterioridad a su retiro del Terminal Portuario, lo que generó una controversia entre el usuario la Marina de Guerra del Perú y el referido concesionario.

La Marina de Guerra del Perú solicitó a la empresa infractora una reparación integral del helicóptero, sobre la base de una evaluación realizada por la empresa fabricante ‘KAMAN Aerospace Corporation’, indicando que a causa del impacto sufrido por el helicóptero, se requería reemplazar el pilón del rotor de cola, y la revisión integral del sistema eléctrico de la aeronave.

Por si no fuera poco los problemas legales, el daño ocasionado fue valorizado en US$ 718,036 y un lucro cesante de US$780,700.

Por su parte, El Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos de Ositran resolvió que le corresponde a APMT asumir de manera integral los daños que pudieran haberse generado, al no desembarcar el helicóptero de manera diligente y dentro de los parámetros de calidad que exige el servicio estándar conforme al contrato de concesión del Muelle Norte.

A su vez, El Tribunal indicó que la totalidad del monto del siniestro será determinada de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de Usuarios de Terminales Aeroportuarios y Portuarios, quedando así agotada la vía administrativa.


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